Legislación y normativa
Diferente normativa y legislación de nuestra afición:
Por desgracia mucha gente esta en la creencia de que el realizar la avicultura de una forma total altruista es algo que no esta regularizado y legislado. Desde este espacio iremos desglosando paso a paso la diferente normativa y legislación aplicable a nuestra afición. Para lo cual desglosaremos paso a paso las diferentes pautas que nos obligan a registrar tanto nuestros aviarios como nuestras aves y estos son:
- Solicitar en nuestra Comunidad Autonoma la pertinente autorización de Núcleo Zoológica de nuestro aviario: Colección Privada y Centro de Cría.
– Formularios oficiales.
– Documento acreditativo de propiedad.
– Proyecto técnico y Plano de instalaciones
– Proyecto técnico y localización del Cuarto de Cuarentena
– Memoria descriptiva de las instalaciones
– Memoria descriptiva del cuarto de cuarentena
– Informe técnico zoosanitario
– Contrato con empresa recogida cadaveres o declaración responsable
– Plantel de ejemplares del centro y su documentación
– Copia del DNI del titular/s
– Pago de las tasas administrativas.
- Solicitar el alta en el SOIVRE (Ministerio de Economía, Comercio y Competitividad:
– Formularios oficiales
– Justificante de disponer de núcleo zoológico
– Memoria de las instalaciones
– Plantel de ejemplares del centro y su documentación
– Copia del DNI del titular
Aquí tienes unos enlaces a los diferentes organismos y legislación aplicable que pueden servirte de guia:
(Para acceder al enlace pinchar en el texto de color azul que acompaña cada parrafo).
- Ley de Bienestar animal de la Xunta de Galicia:
LEY 4/2017, de 3 de octubre, de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia - en documento PDF
- Normativa en Galicia sobre Núcleos zoológicos:
(Pinchar en este enlace)
CITES España:
(Pinchar en el enlace)
Real Decreto 7/2018, de 12 de enero, por el que se establecen los requisitos de documentación, tenencia y marcado en materia de comercio de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, de acuerdo con lo establecido por la reglamentación de la Unión Europea en aplicación de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre. BOE Núm. 23 Viernes 26 de enero de 2018
(Pinchar en el enlace)
Nota: En este enlace encontraras las aves psitácidas que no necesitan registro en SOIVRE (Cites)